Si buscas ayudas para la compra de coches eléctricos en Cataluña quizás te interese esta subvención para el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y de bajas emisiones (taxis, uso comercial, otros servicios)
El Ministerio de Agricultura dio el visto bueno a la convocatoria de subvenciones para el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y de bajas emisiones destinados al servicio de taxi, a un uso comercial y a otros servicios, que operan en zonas de protección especial en Cataluña.
Son subvenciones destinadas a la compra de vehículos de bajas emisiones para el servicio de taxi y para vehículos de uso comercial y de servicios que operan en zonas de protección especial del ambiente atmosférico con el objetivo de mejorar la calidad del aire en aquellos municipios donde existe una elevada densidad de tráfico.
El plazo para efectuar la compra subvencionada es desde el 5 de abril hasta el último día de presentación de las solicitudes. Período: 12/05/2018 al 11/07/2018
Son objeto de la subvención la compra de los vehículos siguientes:
- Vehículos de categoría M1(vehículos de ocho plazas como máximo, excluida la del conductor, diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, según la Directiva 2001/116/CE de la Comisión, de 20 de diciembre) que sean:
- Vehículos eléctricos puros.
- Vehículos eléctricos de autonomía extendida.
- Vehículos híbridos enchufables con una autonomía eléctrica mínima de 40 km.
- Vehículos híbridos de gasolina con emisiones inferiores o iguales a 60 mg NOx/km (Euro 6 o superior).
- Vehículos que utilicen como fuente de energía GLP y gas natural, o bifuel, con motor de gasolina.
- Vehículos de categoría N1(vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías, según la Directiva 2001/116/CE de la Comisión, de 20 de diciembre) que sean:
- Vehículos eléctricos puros.
- Vehículos eléctricos de autonomía extendida.
- Vehículos híbridos enchufables con autonomía eléctrica mínima de 40 km.
- Vehículos que utilicen como fuente de energía GLP y gas natural, o bifuel, con motor de gasolina.
A quién va dirigido:
- Las personas físicas o jurídicas que, en el momento de la solicitud y hasta el momento de la concesión efectiva de la subvención, sean titulares de una licencia de taxi del Área Metropolitana de Barcelona o de cualquiera de los siguientes municipios que están dentro de la zona de protección especial del ambiente atmosférico: Martorell, Rubí, Sabadell, Sant Quirze del Vallès, Santa Perpètua de Mogoda, Terrassa, Granollers, la Llagosta, Martorelles, Mollet del Vallés, Montmeló, Montornès del Vallès, Parets del Vallés , Sant Fost de Campsentelles.
- Las personas jurídicas que establezcan un contrato de renting o leasing con titulares de una licencia de taxi del Área Metropolitana de Barcelona o de cualquiera de los municipios siguientes que están dentro de la zona de protección especial del ambiente atmosférico: Martorell, Rubí, Sabadell, Sant Quirze del Vallès, Santa Perpètua de Mogoda, Terrassa, Granollers, la Llagosta, Martorelles, Mollet del Vallés, Montmeló, Montornès del Vallès, Parets del Vallés, Sant Fost de Campsentelles.
- Las personas físicas que sean profesionales autónomos, las empresas privadas, las fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que operen en la zona de protección especial del ambiente atmosférico según el Decreto 226/2006, de 23 de mayo, y sus futuras modificaciones.
- Las personas jurídicas que establezcan un contrato de renting o leasing de un vehículo con una persona física que sea profesional autónomo, con una empresa privada, con una fundación o con otra entidad sin ánimo de lucro que operen en la zona de protección especial del ambiente atmosférico según el Decreto 226/2006, de 23 de mayo, y sus futuras modificaciones.
Para tramitar la subvención hay que seguir estos pasos.
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