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¿Qué vehículos pueden acceder a Madrid Central desde el 30 Noviembre?

  • Los vehículos de las personas empadronadas podrán circular libremente por el interior de Madrid Central y estacionar en el SER en su barrio, fuera de su barrio podrán estacionar en plaza SER previo pago de la tasa en parquímetros o a través de dispositivo móvil.
  • Los vehículos con etiqueta ambiental CERO emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.
  • Los vehículos con etiqueta ECO podrán entrar y estacionar en la zona SER en máximo de 2 horas.
  • Los vehículos con etiqueta B o C podrán acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional, salvo que sean vehículos de invitados autorizados por los residentes, de personas de movilidad reducida, de servicios esenciales, o bien servicios profesionales, con el horario y calendario que se detalla más adelante y otra serie de excepciones que contemplarán la Ordenanza de Movilidad Sostenible y sus disposiciones de desarrollo.
  • Los vehículos sin etiqueta ambiental no podrán acceder, salvo que sean de de residentes empadronados en Madrid Central, invitados de los mismos, personas de movilidad reducida, servicios esenciales, titulares de plazas de garaje y servicios profesionales, de acuerdo con el horario y calendario que para cada caso se detallan en los criterios de acceso en Madrid.es

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